Quería hacer una consulta. Mi cliente, una Comunidad de Propietarios, ha demandado a la promotora y al arquitecto superior por las obras realizadas en la comunidad. Ahora el arquitecto solicita la intervención provocada del arquitecto técnico y de la constructora, pero nosotros vamos a oponernos. Tenemos el escrito porque el procurador adverso nos lo ha facilitado, pero el juzgado todavía no nos ha dado traslado de este escrito. Mi pregunta es la siguiente, para oponerme a esta intervención provocada, debo decir los motivos de por qué no queremos ampliar la demanda al arquitecto técnico y a la contructora?Muchas gracias de antemano.
Hace poco he estado mirando un tema muy similar, y lo que te puedo decir al respecto es que si quieres oponerte a que se llame al arquitecto técnico, tendrá que justificar porqué su intervención no está justificada. Porque la ley de ordenación de la edificación permite que se les llame.