Hemos de renovar una póliza de crédito con garantía personal, en la cual se establecía como período inicial de vencimiento el mes de abril de 2012, con posibilidad de renovación expresa hasta abril de 2013.
Obviamente, dicha póliza se suscribió con intervención notarial, la pregunta es ¿en la actual renovación también debería intervenir el notario? Lo cierto es que, además de renovarla, se modifican algunas comisiones.