Efectivamente, tal y como dice Urbiona, todo depende de los terminos del acta, pues si en la misma se recoge expresamente que la cantidad entregada es "a cuenta" de la indemnización que corresponda, supone un reconocimiento de deuda en toda regla.
Hola. En principio, yo te diría que sí se interrumpe la prescripción pero, yo te recomiendo que envíes el burofax, por si acaso, porque, en mi opinión, la interrupción va a depender de los términos en los que se haya redactado el Acta de la conciliación.
Espero que te lo confirme alguien más experimentado.
En un caso de accidente de coche, la aseguradora interpone papeleta de conciliación y, al único acuerdo al que se llega es que la víctima accepta una una cantidad de dinero a cuenta de la indemnización que finalmente corresponda.
¿Se entiende que esto puede ser un reconocimietno de deuda por parte de la aseguradora e interrumpe la prescripción?