Podrían hacerte una nueva liquidación por estar suspendida la prescripción. Tengo dudas de que la revocación la interrumpa, más bien creo que la interrumpió tu solicitud de devolución.
También tengo dudas de que pudieran volver la liquidar por idéntica motivación, por aquello del "tiro único", pero es una cuestión con división de opiniones.
Buenos días:
En Junio de 2015 pagué una liquidación complementaria del ITP. Después de haberla pagado solicité la devolución de ingresos indebidos de dicha liquidación por diferencia de superficie entre el catastro y el registro de la propiedad. En julio de 2017 me llegó una notificación del IVAT (Instituto valenciano de administración tributaria) en la cual revocaban esta liquidación "por la concurrencia de circunstancias sobrevenidas que afectan a una situación jurídica particular poniendo de manifiesto la improcedencia de los actos dictados". Poco después la oficina liquidadora me devolvió el dinero. Mi pregunta es, ¿esta revocación interrumpe el plazo de prescripción del impuesto?. ¿Me pueden volver a hacer otra liquidación?.
Muchas gracias