N. º DE JUZGADO Y LOCALIDAD
Autos:
Materia: CANTIDAD, DESPIDO LO QUE SEA
Demandante:
Demandado:
D. nombre letrado, en calidad de Letrado y representante de D. nombre trabajador, representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en domicilio abogado, despacho etc, ante este Juzgado de lo Social, comparece y como mejor proceda en derecho DICE:
Que estando señalado para el próximo día x mes x año x a las xxxx horas, la celebración de los actos de conciliación y juicio derivados de la demanda por xxxxx interpuesta por D nombre demandante , y al amparo de la “Admisibilidad de los medios de prueba” establecida en el artículo 90 de la Ley 36/2011 de 10 octubre, reguladora de la jurisdicción social vengo a solicitar como medio de prueba a practicar en el acto del juicio, el siguiente:
INTERROGATORIO DE PARTE, consistente en que se requiera a D. XXXXXXX, en el cargo de xxxxxx para ser interrogado con objeto hacer constatar los hechos xxxx expuestos en la demanda, conforme a lo establecido por el art. 94.2 LRJS
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito, lo admita y en su virtud acuerde la citación de D. XXXXXXXX en lugar y fecha indicados con anterioridad.
En xxxx dia mes y año y firma
LLevo un mes y medio trabajando por mi cuenta, tuve que dejar mi antiguo trabajo en un despacho, y no tengo mucho de los formularios que necesito por ser sola ahora. Entonces les pido y les pidere ayuda para tales escritos, pero no me digan como debo llevar mis casos ni como enfocarlos como yo no les digo como deben enfocar los suyos. Gracias, espero que me puedan proporcionar un escrito solitando el testigo.
A ver esta sts es por el dcho de indemnidad por tanto por atentar contra un dcho fundamental como es la tutela judicial y se demuestra porque el despido fue declarado en el whashapp de la empresa, (consta por escrito).
Aquí se pretende que un superior que despide de palabra testimonie reconociendo que procedió al despido de palabra, (cosa que no entiendo que sentido tiene cuando hay carta de despido), amen de que de ser citado al ser quien procedió al despido debe ser citado como parte y no como testigo y por tanto puede proceder a u a falta de memoria sin cometer perjurio porque las partes pueden mentir en favor de su defensa.Auqnue sigo diciendo que me parece superfluo porqe hay carta de despido.
Es decir, usted ya tiene el despido nulo, si quiere reforzar o asegurar el despido nulo querrá probar lo de las elecciones, pero si no lo puede probar por la documental, la única forma es pillando a la otra parte por medio del interrogatorio... LA PRUEBA DIABOLICA, probar un negativo a través de la parte demandada. Es obvio que los motivos que señala la carta de bajo rendimiento son una falacia de asociación, de tal forma que todos los trabajadores deberían ser despedidos por bajo rendimiento todos los años por pedir vacaciones. Son incongruentes, inexplicables, ilógicos y que no podrán justificarlos en la interrogatorio, por lo que solo cabria esperar que se lié y deje caer que el motivo fueron las elecciones acorralando a la empresa con preguntas muy bien calculadas... No se hasta que punto puede merecer el riesgo
Entiendo que si defiende a un trabajador en juicio es que como mínimo sabe lo que hace... No obstante recordarla que llevar a la parte contraria a interrogarla, es como llevar a un testigo hostil que la puede perjudicar de forma muy seria.
Teniendo una carta en la que dice, que se despide a fulanito por pedir vacaciones ya que eso prueba el bajo rendimiento... FIRMEMENTE es una temeridad llevar a la parte contraria al interrogatorio. Su base es probar que se le hecho al trabajador a modo de represalia al hacer uso de su derecho al disfrute de vacaciones.
El despido es nulo 100 por 100, despedir a un trabajador ya sea por pedir un aumento de sueldo, unas vacaciones o mejoras sustanciales es represalia y eso es un despido nulo, precisamente vi una sentencia de lo social el otro dia exactamente por el mismo motivo.
Ahora lo del interrogatorio de parte es curioso...Salvo por tener agarrada la improcedencia de forma subsidiaria.
A ver, a ver, ¿Cómo es eso de que quiere que reconozcan que lo han despedido?,¿No dice que hay carta de despido?¿En ella no se expide un motivo para que el despido no produzca indefensión?¿Se vulnera algún dcho fundamental?
En los despidos se aducen causas o motivos que no se pueden demostrar con el único fin de que no se produzca indefensión.
Me temo que ese despido es improcedente a no ser que puedan demostrar que la verdadera causa del mismo es que pretendía promocionar elecciones sindicales en la empresa.
Ya nos contará pero dudo mucho que consiga la nulidad con la informción que aporta.
SMO
La empresa le llamo al trabajador para comunicarle que tenia la carta de despido en correos y que ese dia no tendría que ir a trabajar y que estaba despedido desde el dia anterior.
La empresa reconoce el despido improcedente, nosotros no lo aceptamos porque consideramos que debe ser nulo, ya que en la carta dice que le echan por bajo rendimiento y que este queda acreditado por pedir vacaciones. Pero en verdad no le echaron por pedir vacaciones. Le echaron por promover elecciones sindicales, esto de las elecciones es dificil de probar, pero creemos que el despido debe considerarse nulo, ya que esta pidiendo vacaciones a las que tiene derecho y la empresa asocia esto con un bajo rendimiento, continuo y voluntario
Y, exactamente, para qué quiere que reconozca la grabación?. Si es para que se reconozca el despido verbal , a mi modo de ver no es necesario, porque tendrá que ser la empresa la que acredite que le entregó una carta de despido. Y si no se la dio, será imposible de demostrar.
Incluso la grabación puede resultar contraproducente. La calificación de un despido verbal como improcedente se basa en que limita el derecho a la defensa del trabajador, porque se supone que no sabe por qué es despedido.
Si la grabación es muy completita, es decir, no solo le comunica el despido, sino que le hace saber claramente el motivo del mismo, entiendo que no se limita tal derecho.
Interrogatorio de la parte, entendiendo que es personal directivo, que hablo o represento en ese momento a la empresa. Así mismo se debe considerar interrogatorio de la parte porque obvio la persona no es imparcial, de serlo seria testigo, es parcial y la puede perjudicar su declaración,
Muchas gracias. Pero al ser esa persona jefa, aunque no sabemos el cargo, pues fue ella quien comunico el despido, seria interrogatorio de parte o testifical, me imagino que habrá que especificarlo
Hola. Que tal. Necesito que una de las responsables de RRHH, que despidio verbalmente al trabajador, reconozca su voz en una grabacion telefonica. tambien me gustaria interrogarla en acto de juicio. ¿Alguien me podria facilitar el formato o el escrito que debo mandar al juzgado? Es para juicio laboral no se si eso influye.Entiendo que seria interrogatorio de parte. ¿Verdad? no se si es esta la seccion adecuada o la de derecho procesal