4. En las residencias y pisos tutelados el descanso semanal deberá coincidir obligatoriamente en fin de semana, al menos una vez cada cuatro semanas, salvo si se trata de trabajadores que únicamente presten servicios durante el fin de semana.
En eso se refiere a residencias tuteladas y pisos tutelados o por ejemplo una residencia universitaria también entraría???