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Interpretación jurisprudencial clausula

7 Comentarios
 
11/12/2009 20:24
Si es así, tu novia y amigos pueden ir cuando tu los invites sin dar cuenta a nadie. Y si el casero te dice algo dile, tururú y tururú (dos veces, tres sería delito penal).

Ánimo y a vivir que son tres días. Eloy Peña Rico.
11/12/2009 19:23
Es una vivienda de 66 metros, cocina, salón,1 cuarto con su baño,y quiero que mi pareja pase los fin de semana en mi casa y no se considere subarriendo ni hospedaje (yo entiendo que no se dan los supuestos)

gracias
11/12/2009 19:03
En primer lugar es una habitación o una vivienda completa. ¿Vive más gente en el piso?

Los Tribunales pueden decir misa, siempre que no les corrija la página un órgano superior o de la Comunidad Europea.

Muchas sentencias NO son conformes a DERECHO, porque la gente se aburre de pleitear y de gastarse dinero y la justicia ni está preparada, ni tiene medios (humanos y materiales).

Estamos en un Estado de Derecho.... donde solo tienen derecho "los que se lo guisan y se lo comen, lo hagan bien o lo hagan mal".

Con buenos abogados y buenos jueces se pueden hacer diabluras... con sus interpretaciones. FIN.

Eloy Peña Rico.
11/12/2009 17:33
Muy agradecido a todos , aunque me hubiera gustado saber lo que dice la jurisprudencia sobre el hospedaje..

Cual es la linea que separa visita y hospedaje?

pernoctar es hospedaje?'

gracias
11/12/2009 16:29
Es un problema muy corriente firmar sin saber lo que se está firmando (incluidos abogados o notarios). Los contratos son para cumplirlos por las partes, para eso son contratos.

En resumen, usted NO puede hospedar a nadie... que no es lo mismo que venga a visitarle. Como tampoco puede vender el piso porque no es suyo.

Eloy Peña Rico.
11/12/2009 15:41
Gracias, veo eres experto en la materia, si necesito un dia rescindir el contrato me pongo en contacto contigo, pero.. No me queda claro que interpretación das al término hospedaje???

porque ya hay una estipulación también prohibiendo el subarriendo

gracias
11/12/2009 14:19
Hola,
no te preoucpes, esa cláusula se refiere al subarriendo incnsentido. Tú no estás subarrendando el piso a nadie.
Saludos
www.abogadosgrande.es
Interpretación jurisprudencial clausula
10/12/2009 22:09
Tengo una duda en mi contrato dice que " no se pueda tomar huespedes" .... " "El incumplimiento de esta estipulación llevará consigo expresamente la resolución del presente contrato, siendo a cargo del arrendatario los gastos judiciales o extrajudiciales de la referida resolución"

mi novia pasa gran parte del finde en mi casa, duerme viernes, se queda medio día del sabado , pernocta sabado, domingo entero y algun domingo se queda a dormir.

Mi preocupación es la siguiente: Quiero estar tranquilo llevando mi novia casa y no tener problemas exigiendo la resolución contrato porque el término hospedaje hay que atenerse lo que dice la real academia de la lengua y supongo la jurisprudencia..o no?

como intepretais esa clausula y que dicen los tribunales al respecto?

gracias