Hola a todos, en primer lugar quiero saludaros pues soy nuevo en el foro, aunque os he leído bastante. Esta es mi pregunta. En un contrato de arrendamiento de obra con plazo de finalización única (inicio y fin de trabajo), tengo en el contrato esta clausula. "El incumplimiento de los plazos parciales si los hubiere, conforme al planning parcial o el final, por causas imputables al SUBCONTRATISTA, dará lugar a la imposición de una penalidad del 1 % del presupuesto inicial.."
Mi pregunta es esta ¿si no tengo plazos parciales, pues solo tengo un plazo único, puedo ser penalizado si supero la fecha de terminación?
¿Que contrato es ese que penaliza el incumplimiento de plazos parciales inexistentes y no del plazo final?
Con bastante probabilidad un juez dictaminaría por ello que el plazo final también tendría carácter de parcial.