Me gustaría saber si para interponer un recurso contencioso-administrativo es obligatorio contratar a un abogado o procurador, o si puedo presentarlo yo como interesado legítimo????
Por otro lado, si presento dicho recurso, basado en irregularidades en el proceso selectivo de una plaza de personal laboral temporal en la Administración Local, ¿tendría derecho a compensación económica???
Para la interposición de un recurso contencioso administrativo, es necesario estar asistido por un abogado y representado por un procurador.
Con respecto a la segunda pregunta, es dificil darle una respuesta en genérico, ya que para ello habría que estudiar los antecedentes obrantes en el expediente. Pero un par de pinceladas si que le puedo adelantar: la jurisidicción contenciosa es una jurisidicción revisora de actos, es decir, puede lograr la nulidad o anulabilidad del acto administrativo y repercutir posteriormente la responsabilidad patrimonial de la misma, por el mal funcionamiento de los servicios administrativos, solitando una indemnización por los daños que hubiera sufrido.