!!!Hola!!!
Fui internada involuntariamente en Centro Siquiátrico por orden de un Psiquiatra y ello a pesar de que poco antes el Juez dispuso el "No se estima procedente autorizar el internamiento".
El internamiento tuvo una duración de 33 días. y el Juez me visitó por primera vez cuando ya se habían cumplido 30 días de mi un internamiento que tuvo lugar sin ningún motivo que lo justificase.
¿Dónde debo dirigirme para denunciar el hecho de no haber sido visitada por el Juez en el espacio de 24 horas? ¿Puedo pedir daños y perjuicios por ello?
Caramba, lo siento. También puede ir contra el psiquiatra por los daños y perjuicios que le haya ocasionado porquue creo que es quien ha vulnerado la disposición judicial. No obstante, es mejor que con la documentación en la mano, consulte con un abogado. Contra el juez sólo podrá ir en determinados casos (no sé en qué situación se produce la visita del juez ni por qué motivo) que deberá tener bien probados antes de aventurarse a demandarlo.
Gracias por contestarme, ya pensaba que nadie lo haría. He estudiado un poco el Código Civil y en el Art. 211 dice además de que el internamiento requiere autorización judicial, salvo que por razones de hurgencia hicieran necesaria la inmediata adopción de la medida(Cosa que no fue así) , de la que se dará cuenta cuanto antes al Juez y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas. Mi pregunta era ¿Qué Juez tenia que haberme visitado? ¿El de la ciudad donde resido o el Juez perteneciente al lugar donde está la Clinica mental? y ¿Quien tenía que haberse abisado de mi estancia en la Clínica? Seguramente la misma Clinica tenía que haberle abisado que si lo hizo, no cumplió. Un cariñoso saludo