Hola foreros les pregunto lo siguiente: en la sentencia se ha condenado al pago de las costas e intereses, tengo hecha la tasacion pero tengo dudas si los intereses se cuentan desde la fecha de la sentencia o desde la fecha de la deuda???
posiblemente sea muy evidente pero siempre ante la duda pregunto.
Gracias por responder, por eso mismo preguntaba, preguntaba pq la sentencia dice "condenando a la actora a ...a pagar la cantidad de ..... más los intereses legales devengados. Las costas legales causadas serán integramente satisfchas por la prte demandada.
Por eso es q no se si calcularlos desde la fecha en q se reclamó judicialemnte o desde la fecha de la sentencia hasta ahora, o hasta el momento en que consignaron la acntidad principal.
puede q sea algoe vidente pero siempre pregunto antes, se nota soy novata