En el momento en que se despacha ejecución (tras la correspondiente demanda de ejecución de alimentos por el ejecutante), el ejecutado puede oponerse entre otras cosas por pluspetición (558 LEC) si entrega en el juzgado la cantidad que cree la debida (por ejemplo el principal) junto a su escrito de oposición, ¿lograria asi librarse de los intereses y costas al suspender el curso de la ejecución?. No sé si estoy confundiendo conceptos...
Gracias.