Tengo dos dudas referentes a los intereses judiciales.
Tengo sentencia en primera instancia en la que se condena a la otra parte al pago de intereses legales desde la interposición de la demanda.
Apelamos ambas partes y la sentencia es nuevamente favorable para mi.
La duda que se me plantea es la siguiente
1.- desde la interposición de la demanda a la sentencia en primera instancia se aplicaría el interés legal y desde esta a la fecha de pago el moratorio (legal 2)?
2.- Los intereses moratorios se calculan desde el principal mas intereses judiciales?
Muchas gracias