Hola, llevo un accidente de tráfico (al denunciante) y hemos conseguido una sentencia condenatoria en la que se establece que la compañía contraria ha de indemnizar a mi representado con 6000 euros, y como no consignó judicialmente en los primeros tres meses, le han impuesto a demás el pago de intereses legales incrementados en un cincuenta por ciento desde la fecha del accidente de tráfico (cinco de mayo de dos mil cinco) hasta cuando pague. ¿Cómo se determinan esos intereses legales?, ¿esos intereses legales los fija el Banco de España para cada año?