Es un tema controvertido y con jurisprudencia en ambos sentidos. Hasta donde yo se, la última sentencia del Tribunal Supremo es que los intereses de demora cobrados sí que tributan, y esta es a la que se acogerá Hacienda.
Si es un importe pequeño mi consejo sería que los declarase y así se evitará que le pudieran retrasar el pago de la devolución o incluso que le multasen.
Si el importe es significativo y no quiere perder esos euros, hay un pequeño truco para cubrirse las espaldas. Puede vd. presentar su autoliquidación del IRPF declarando esos intereses cobrados durante el último ejercicio y después, dentro del plazo, solicitar una rectificación de la autoliquidación ya presentada pidiendo la devolución de ingresos indebidos. Si aceptan la rectificación le devolverán el importe que sea, y si no la aceptan se evita una sanción que le caería si lo hace al contrario (no declararlos y que Hacienda se los reclame).
Hola! quería preguntar si tengo que declarar en la renta los intereses legales que me pagó un Ayuntamiento tras pagar en plazo y recurrir una multa coercitiva que posteriormente anularon. Un saludo y gracias.