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Intereses en ejecucion

2 Comentarios
 
Intereses en ejecucion
21/03/2006 14:38
Un constructor inicia un monitorio, contra un particular que le adeuda dinero por unas obras.
El juez comunica a la parte demandada y le da un plazo de 20 dias, para pagar o que se oponga.
Fuera del plazo de 20 dias, la parte demandada presenta escrito oponiendose a la deuda y no paga.
En este caso el Juez decide despachar ejecucion.
El problema surge cuando los funcionarios del juzgado tardan mas de un año en comunicar a las partes el auto del juez, por haberse "extraviado" el expediente.
La duda surge, en cuando empiezan a contar el plazo para devengar el interes legal dos puntos, que indica la ley.
¿Cuando el juez dicto el auto de ejecucion?.
¿Cuando se comunico dicho auto a las partes?.
03/04/2006 18:31


en la fecha del auto despachando ejecución.
04/04/2006 11:43
Pero teniendo en cuenta el extravio del expediente durante mas de un año, ¿podria la parte demandada oponerse al pago de intereses, desde la fecha en que se despacho ejecucion y la fecha en que se comunico a las partes (mas de un año)?.