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intereses desde cuando?

5 Comentarios
 
Intereses desde cuando?
03/09/2008 11:12
Hola compañeros, tengo una sentencia de 2ª instancia y firme que condena a una administración a abonar a mi cliente una cantidad de dinero por el mal estado de una acera, más los intereses que correspondan.

La pregunta es, ya se que desde sentencia de 1ª instancia a fecha de pago será el interes legal más dos puntos, y hasta sentencia de 1ª instancia el interes legal, pero NO SE SI DESDE LA FECHA DE LA CAÍDA O DESDE LA FECHA EN QUE PRESENTÉ LA PRIMERA RECLAMACIÓN ANTE EL AYUNTAMIENTO. GRACIAS.
03/09/2008 11:27
Entiendo que desde la fecha en que realizaste la reclamación.
03/09/2008 13:48
gracias por contestar. Primero perdón porque NO ES LA ACERA lo que se encontraba mal sino LA CALZADA.
pero ¿por qué ´desde la fecha de reclamación y no la de siniestro como ocurre con los accidentes de tráfico? al fin y al cabo esto no deja de ser un siniestro de tráfico también pero contra la administración. Esa es mi duda.
03/09/2008 19:37
yo creo que desde la fecha del siniestro, salvo mejor criterio.

Yo tambien tengo que solicitar unos intereses en la audiencia por un tema que han condenado a la Administración. Esta ya ha pagado la indemnización y ahora quiero solicitar los intereses que correspondan, ?sabeis si con un simple escrito es suficiente o debo hacerlo como ejecución de sentencia? GRACIAS
07/09/2008 00:29
141.3: La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al índice de precios al consumo, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada, los cuales se exigirán con arreglo a lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
07/09/2008 17:36
Si no has pedido en la demanda los intereses desde la fecha del accidente, la fecha es desde la presentación de la demanda, pues no vienen establecidos legalmente en ningún precepto, contrariamente a lo que ocurre en los accidentes de tráfico.