Mi cliente, una empresa, ha comunicado a la administración que le debe X dinero en concepto de intereses de demora, sin embargo de más de 50.000 euros solo han pagado lo correspondiente a la certificación más pequeña, unos 500 euros.
Se trata de certificaciones por contratos de obra o suministro con una administración.
Mi preguntas son las siguientes: ¿cuanto tiempo tiene la administración para pagar o no hacerlo (silencio) ?
¿cuál sería el siguiente paso? un rec. contencioso-admon??
Y por último, el impago de esos intereses...genera un interés?? desde cuando??
Muchas gracias!