Hola a todos. Me acabo de colegiar ahora en septiembre y en el primer juicio que he hecho han condenado a la otra parte al pago del principal mas el interes legal del dinaro y las costas. La cuestion es que yo solicitaba el tipo de interes establecido en la ley 3/2004, "medidas de lucha contra la morosidad", y solo le han condenado al pago del interes legal del dinero. La diferencia es bastante y no se si hay alguna forma de solicitar la rectificacion sin necesidad de recurrir. Quiza os parezca la pregunta mas simple del mundo pero...es lo que pasa cuando se esta empezando. Un saludo y gracias por adelantado.