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Intereses de demora

2 Comentarios
 
Intereses de demora
22/07/2006 20:27
hola a todos:
A un señor le han embargado la cuenta por no pagar varias anualidades del impuesto sobre vehiculos de traccion mecanica; telefonicamente un funcionario le informó de que lo unico que puede hacer ahora es recurrir o presentar escrito contra el cobro de los intereses de demora.
¿hay que hacer recurso de reposicion formal contra la providencia de apremio, por ej? ¿O vale una carta a la Agencia de recaudacion municipal?
¿ALGUIEN ME PUEDE DEJAR UN MODELO DE ESTE ESCRITO?
Muchisimas gracias
24/07/2006 07:53
Estimado magister iuris:
Lo comunicado por el funcionario telefonicamente no procede puesto que los intereses de demora son una especie de resarcimiento a la Administración por no haber abonado en período. Empiezan a correr desde la finalización del período voluntario.
Lo que no llego a entender es porque se quiere recurrir si no se han abonado las anualidades correspondientes del impuesto.
21/08/2006 19:49
Entiendo que si han recibido la providencia de apremio es porque están en período ejecutivo, habiendo terminado el período voluntario, por lo tanto los intereses son procedentes.

En cuanto al recurso de reposición sólo será estimado en el caso de que la deuda haya sido abonada ante el organismo con competencias para ello o bien tenga presentada garantía legal, defectos de forma...

En cualquier caso el recurso no suspende el procedimiento, por lo que llegado el momento puede ser embargada la cantidad adeudada con intereses de demora y su recargo correspondiente.