Perdona, no me había percatado de que te referías a la demanda ejecutiva, en ese caso los intereses comienzan a generarse desde el auto de admisión de la demanda, incrementado el interés legal en 2 puntos salvo pacto en contrario. Saludos.
Desde ninguno de estos supuestos, los intereses podrán acrecentar el principal reclamado al presentar la petición inicial del monitorio y luego, en su caso, desde el auto que despacha ejecución, pero no genera intereses una vez admitido a trámite el monitorio si el deudor paga en los 20 días otorgados al efecto.Saludos.
Quisera saber desde cuando empiezan a contar los intereses que reclamo en la demanda ejecutiva del proceso monitorio.
Desde la entrada a decanato?
desde el auto de admision?