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interés en juicio ordinario

1 Comentarios
 
Interés en juicio ordinario
13/04/2013 11:52
Buenos dias.
En un juicio ordinario de reclamación de cantidad, desde cuando empieza a contar los intereses que se derivan de lo reclamado?
1- Desde que se le da entrada a la demanda en el juzgado.
2- Desde que se admite a trámite.
3- A partír de que es notificado formalmente el demandado.

Gracias.
13/04/2013 17:42
De esas tres opciones, la primera; siempre que lo haya solicitado.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados