¡Hola a tod@s! y gracias por adelantado. No se si este tema está bien puesto en este foro o no, si no lo está pido disculpas
Por favor alguien me puede decir si en un caso de embargo por parte de una entidad bancaria, habiendo un recurso interpuesto a la audiencia provincial ¿los intereses siguen contando? ¿o como el embargo está paralizado, los interes tb se paralizan?
necesito saberlo urgentemente por favor
primeramente, muchas gracias por contestar y después pedirte perdón de antemano, pero esque no entiendo mucho, por no decir nada ¿cuales son los intereses moratorios?
Existen dos tipos de intereses, el de demora que es el normal y pretenden actualizar el valor del dinero. Es como si el acreedor te hubiera concedido un préstamo y tuvieras que devolverlo con sus intereses. Ese interés lo paga hasta la Administración Pública cuando se retrasa en sus devoluciones, etc.. No es una sanción.
Sin embargo, los intereses moratorios que son más elevados, son en parte una sanción que se aplica cuando no se paga en plazo. Supongamos que la sentencia es condenatoria y te obligan a abonar el principal de la deuda más los intereses. Si no pagas en el periodo de tiempo que te conceden, los intereses de demora se convierten en moratorios.
Ay! perdón, otra pregunta:
La entidad bancaria puede tirar primero de los bienes del fiador, sin haber cogido nada de los bienes del deudor principal?
Un saludo. Gracias
Cogerá de donde haya independientemente de si se trata del deudor principal o del avalista pues se supone que se trata de un crédito en que el avalista es solidario. Por tanto, irá a por todos a la vez y obtendrá lo debido de cualquiera de ellos.
Hola de nuevo
Verás, esto se trata de una póliza de crédito, en la cual hay 6 fiadores, si esos fiadores se puede demostrar que no son solidarios, sino mancomunados y a su vez en el contrato de esa póliza existe un acuerdo por el cual el deudor principal pone bienes a disposición de la entidad bancaria ¿pueden embargar solamente a uno de los fiadores, sin embargar nada al deudor principal? y ¿porque embargan a ese fiador bienes inmuebles y no las cuentas bancarias?
Un saludo. Muchisimas gracias.
Buenas noches, haber si alguien entendido me aconseja:
Sentencia del 2009 embargo de sueldos y salarios por un principal de 4400€ más estimación de int. Y costas 1300€ . Pagado desde feb-2016 en nómina hasta 2970€ e ingresó voluntario en efectivo por mi parte del resto 2.800€ en ccc del juzgado osea de 4000 € que pedí a. UNICAJA les he pagado ya 6000€ pues me piden ahora 2900€ de costas 2900€ de int. De demora .
Esto hay por donde cogerlo porque si me va a costar que me represente abogado y procurador para impugnar lo que solicitan y no voy a conseguir gran cosa. Mejor acepto y negocio como pueda. ?PERO POR FAVOR COMO SE PERMITE ESTO? la secretaria del juzgado casi me aseguro que las minutas pasaban por su filtro y no serían mucho. Y cuando he leído lo que solicitan no se si llorar reír o yo que se. También una última cuestión leí no se donde que las costas no son imputables al embargado si acepta la sentencia primera del 2009 la verdad es que simplemente no fui a juicio porque en esos tiempos no cobraba ni el subsidio y mi cabeza estaba en buscar trabajo y sustento para mi familia. Pero que usureros sin humanidad que les escribí diciéndoles que había tenido que pedir a CETELEM un personal para pagarles lo que quedaba en un solo pago y les ha dado igual. Como se permiten estos atracos.
Gracias de antemano