Una persona alquila una vivienda a un señor que es usufructuario de la misma en su condición de viudo. Hay problemas entre el padre y el hijo por la herencia y esos problemas se trasladan al arrendatario porque no puede acceder a los contadores para contratar la luz porque el hijo cambia la cerradura. ¿Procede interponer un interdicto contra el hijo que es el causante de la perturbación? ¿Hay que demandar al padre también porque el inquilino no puede disfrutar de la vivienda? Muchas gracias.
Más sencillo, por la vía penal una denuncia por coacciones contra el hijo, antes de ponerla mejor hablar con él que entre en razón, de todos modos no entiendo si la cerradura que cambia es la de la casa o la del cuarto de contadores. Lo de denunciar al padre no se, si tiene certeza de que ha sido el hijo al hijo, quizás lo mejor es denunciarlos a los dos, porque el inquilino no tiene porque saber quien ha cambiado la cerradura, que denuncie a los dos ante la Policia o el Juzgado de Guardia por coacciones y ya el juez o la policia aclararán quien fue. El interdicto va a tardar mucho, mejor creo es la via penal.