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Interdicto o accion negatoria de servidumbre de paso?

3 Comentarios
 
Interdicto o accion negatoria de servidumbre de paso?
23/03/2010 19:49
Estoy un poco perdida, a ver si me podeis ayudar, mi cliente es propietario de una fica rustica, justamente en la linde que separa ambas fincas el vecino a abierto una puerta de tal manera que para entrar y salir invade la propiedade de mi cliente ¿ que intenpondriais una accion para retener/ recobrar la posesion o una accion negatoria de servidumbre de paso? gracias
24/03/2010 10:33
Q tal ambas acumuladas?
25/03/2010 12:32
Yo tiraría la puerta y que él denuncie, en caso contrario (si ves que tienes sufientes pruebas: testidos, certificado gráfico y de linderos catastral, escritura, plano topográfico, etc) yo interpondría una demanda para recuperar la posesión (no retener porque se la han privado).

Seré un bruto, pero llevo más de 20 años en esto, los más práctico es tirar la puerta y denunciar los hechos a la Policía (alquien ha "usurpado" tu propiedad, que corra él). Considera que hay lugares en que la competencia es de la Policía Nacional y otros de la Guardia Civila (la Policía Local olvídala). Denuncia que han habido coacciones, que vas a entrar a tu finca y te lo han impedido, no has tenido más remedio que "quitar2 el candado o la cerradura. Ten cuidado, asegúrate que tienes pruebas de la posesión/propiedad y que tu cliente te lo firme (estoy cansado de defender reclamaciones contra compañeros).
14/11/2011 17:16
hola, mi mujer ha heredado una finca que dispone de un camino que discurre por varias fincas, que se lleva utilizando mas de 40 años para este fin, el caso es que uno de lo propietarios de estas fincas no quiere dejar pasar al propietario de la última, y este al dar la vuelta el camino en su propiedad para coger el camino de salida, ha procedido a hacer montones de tierra para cortarlo, y eso a quien perjudica es a nuestra finca, ya que sin este paso no podemos labrarla.
Quisiera saber primero si el propietario que ha originado el conflicto puede cortar siempre que quiera el camino con su vehículo, 2º, si el propietario de la última finca puede poner obstaculos en el camino por iniciativa propia, y tercero, si ese camino se podría registrar como camino de servidumbre, y así evitar este problema definitivamente y en caso de que se pudiera hacer, cual sería la documentación necesaria.