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Intercomunidad

1 Comentarios
 
28/05/2003 17:19
El impago de la cuota fijada para la mancomunidad debe ser reclamada por el presidente de la Mancomunidad, bien al propietario que impaga o bien al bloque respectivo de la Comunidad de Propietarios a la cual pertenece el propietario moroso. Estos dos supuestos de hecho se diferencian si la Mancomunidad es de varias comunidad de propietarios ( de cada bloque) o por el contrario solamente hay constituida una comunidad de Propietarios de todo el complejo inmobiliario.
En el primer supuesto , se optara por la reclamación al bloque de la comunidad, está deberá de iniciar a su vez una reclamacion contra el propietario moroso individual.
En el segundo de los supuestos el Presidente de la Comunidad de Propietarios única, será quien dirija la reclamación contra el propietario moroso directamente.

Espero que esta información te haya resultado util.Un Saludo. Juan Castaño Picó-Abogado.
Intercomunidad
27/05/2003 17:51
Soy el presidente de un bloque, que junto a otros 4, forman una intercomunidad, uno de vecinos del bloque al que representa, no paga la cuota de intercomunidad. ¿quien debe reclamarsela, el presidente de la intercomunidad o yo?. En la ultima reunion de la intercomunidad se fijo subir la cuota de esta a 12 € por vecino.