Elementos:
-Joven de unos 25 años de edad.
-Edificio de unas 8 plantas de alto.
Fundamentos:
-Odio por la vida, derivado por fracaso en relacion sentimental.
Condiciones:
-dia soleado y una habilidad pasmosa para caminar por la cornisa de la ultima planta.
Medios:
-Elementos humanos del tipo Policia Nacional, Policia local y bomberos.
Resultados:
-2 horas mas tardes, accion frustrada y el individuo sigue con vida.
CONCLUSION.
-¿ Que le le puede imputar, en que incurre ?
- Porque creo que solo incurre aquel que induce. ¿NO?
Gracias, tener paciencia conmigo.
pero,.....No me digan, que no incurre e nada, ¿seguro? y todo ese dispositivo que se monta,...¿Quizas algo relacionado con el orden Publico? es decir causante de un desorden, Ni idea todo vuestro. un saludo.
Sé que en casos, por ejemplo, de montañeros que, haciendo caso omiso de alertas en cuanto a condiciones climatológicas y vestuario adecuado, no hace mucho que se empezó a reclamar los gastos a que ascendía su salvamento.
En el caso de un suicida, al que, en principio, hemos de considerar con facultades mentales y volitvas mermadas en ese momento, no sé si cabe esa posibilidad, la verdad.
A ver si algún experto puede orientarte... ¡¡¡Saludos!!!
Está claro que no existe ningún tipo delictivo en este caso.
El tema está en si debería pagar los gastos ocasionados por utilizar un servicio público (policía, bomberos, ambulancias, etc).
Habría que ver si existe algún tipo de tasa o precio público por utilización de esos servicios, en cuyo caso se le debería pasar el correspondiente cargo.
Harry... ¿No crees que tiene bastante la pobre criatura como para encima imputarle un desorden publico??? jajajaja!!!! No creo que con esta conducta se este poniendo en peligro la paz publica ni nada parecido. Yo creo que no incurre en nada.
En mi opinión...
no incurre en ningun tipo penal pero desde luego pienso que incluso afectado en sus facultades mentales sí que será responsable civilmente por los gastos ocasionados al ayuntamientol. policía etc.. Es como el enfermo mental que causa unas lesiones a alguien o un daño en una farola, etc...deberá abonarlos l el o su tutor.
en estos casos si, pero y si planteamos, el caso de un conductor que se despista y se da con una farola? no existe tipo penal y sí responsabilidad civil, estas de acuerdo? desde luego los ejemplos que he puesto no han sido calcados pero pretendía ser entendida por todos. un saludo.
Nefertiti, debo admitir que me parece un poco "burro" por mi parte imputar esa conducta de poner en pelirgro la paz publica. Dame un azote me lo merezco,.Gracias, en que estaria pensando ¡¡¡¡ Caspitas !!!!
Está claro que el suicida no incurre en ilícito penal alguno.
Ahora bien, les invito a una reflexión, sobre todo para aquellos que nos aconsejan más trabajo y menos donuts y ni frontón.
Los medios asistenciales (policía, bomberos, ambulancias, etc.) son escasos. Ninguna ciudad, repito ninguna, dispone de cantidades ingentes de unidades en servicio, su número es finito y lamentablemente, en muchas ocasiones, es siempre escaso.
Ahora les expongo un caso real y reciente ocurrido en una ciudad del sur de la península. (caso que por otro lado no es nada excepcional)
Un miércoles a las 20:05 horas, un presunto suicida en la terraza de su inmueble (4 plantas más entresuelo) anunciando que se va a tirar. Recibida la llamada, de inmediato se envía al “Z” del sector, a 092 para cortar el tráfico, 061 y a 080. A su llegada, por parte de los policías nacionales se inicia una negociación con el presunto suicida para que no se tire.
A las 20:25 horas se recibe llamada por parte de receptora de alarmas de una señal de atraco en una empresa sita en el mismo distrito donde se encuentra el suicida.
Como el “Z” del sector se encuentra ocupado con el suicida y el del sector anejo se encuentra ocupado con un detenido, se envía al indicativo del siguiente sector, (también se requiere a 092 por si ellos disponen de alguna unidad cercana, pero no es el caso)
Como es lógico, la unidad llega al lugar de los hechos con más de 13 minutos de retraso. Si, cosas del tráfico.
A su llegada los agentes se encuentran al encargado del negocio tendido en el interior con un navajazo en el costado derecho. Se requiere ambulancia de 061 con la máxima urgencia.
Resulta que la única disponible es la del suicida. Se dispone que ésta unidad se traslade a la zona del atraco y que una ambulancia de bomberos se dirija al lugar del suicida por lo que pueda pasar. Para ello se pierden unos valiosos minutos para hacer entrar en razón al responsable del 061 y solicitar al mismo tiempo la unidad medicalizada al 080. (si señores, la burocracia es así).
En medio de todo esto, un peatón es atropellado en ese mismo distrito y presenta un fuerte golpe en una pierna que finalmente resulta ser fractura de peroné.
Finalmente y tras más de 40 minutos desde la agresión, la ambulancia llega al lugar del atraco y procede al traslado urgente del herido al hospital. La puñalada interesaba el hígado y pleura, aún así y milagrosamente el encargado salvo la vida.
En cuanto al suicida, al final y felizmente se echó a llorar y manifestó que no tenía intención de suicidarse, que unas copas de más y una discusión con su novia habían motivado su comportamiento, que nunca tuvo intención de saltar al vació.
Resultado frío y numérico: intervención de 1 hora y 30 minutos que ocupa a dos policías nacionales, 2 policías municipales, 5 bomberos, ambulancia con dos enfermeros y un médico. Una persona a punto de morir (el apuñalado, que no el presunto suicida), un herido atendido a las tropecientas horas, unos atracadores fugados y unos conductores encabronados. Por supuesto, al suicida no se le exige responsabilidad alguna.
Lo dicho, solo para reflexionar y perdón por el rollo. Un saludo a todos.
Guauuuuuuuuu!!!!!! Si señor Keko, con dos cojon....s; creeme que entiendo a las claras tu exposicion, a mi tambien me resulta del todo, al menos curiosa......pero ......es lo que tenemos colega........Un saludo, y lo de los donuts solo pasa en los films americanos, jajaja, venga tio a cuidarse.