En cuanto a lo que se refiere a la legitima estricta, alguien sabría decirme si la adjudicación de una casa en proindiviso con la viuda seria una lesión a la legitima en cuanto. Al fallecer el causante y quedar solo el relictum para cubrir el 100% de la legitima, queda todo dividido en 12, por lo tanto el legitimario ve que todo lo que se le adjudica es en proindiviso, excepto cuentas de banco.