Buenos dias,pertenezco a una S.L que por deudas a sufrido la subasta de la nave de la misma ,tras la subasta no se ha cubierto lo debido y yo he solicitado mejora de embargo en la maquinaria de la empresa que esta libre de cargas ,en este momento mi procurador me dice que yo no puedo solicitar la subasta de dichos bienes ,que solo lo puede hacer el ejecutante ,me gustaria liquidar la deuda y es la unica manera que tengo ,¿hay alguna forma de conseguir que subasten la maquinaria?.
por otro lado la maquinaria esta en la nave y van a conceder la posesion en breve ,dicha maquinaria es de dificil translado y no se lo que va a pasar ,
Agredeceria cualquier ayuda pues mi abogado no ve solucion .Gracias
Al inicio de la ejecución el juzgado debió instar al ejecutado (usted) para que señalara bienes embargables. En ese momento debió decir que, además de la nave, tenía esa maquinaria.
Salvo que otro compañero me corrija, creo que sí se puede presentar un escrito al juzgado comunicando que se tiene esa maquinaria para subastar y así cubrir la deuda. Que sea el juzgado o la otra parte quien se oponga o diga que no procede.
Su procurador tiene razón: usted no puede solicitar la mejora del embargo, pero el acreedor sí. Usted quiere dejar canceladas las deudas de la sociedad, lo cual está bien; pero para eso ha de sacar dinero y pagarlas. La maquinaria que tiene no es lo mismo que el dinero, y sin dinero no puede usted obligar a que le cancelen las deudas. Si usted quiere pagar con una cosa distinta que el dinero, o que sea el acreedor quien subaste esas cosas, ha de esperar la conformidad de este. Es posible que el acreedor quiera (o no) mandar a subasta esa maquinaria, o también es posible que cuando tome posesión de la nave la tire sin contemplaciones. Por tanto, ni puede forzar al acreedor a aceptar su maquinaria, ni puede obligarle a subastarla, ni puede esperar que haga otra cosa distinta que tirarla cuando tome posesión. Esa es la dura solución al asunto: sin dinero no hay pago.
Buenos dias y gracias por su ayuda,ayer me llego la fecha de toma de posesion de la nave y asi mismo dicen que se tiene que hacer inventario de todo lo que hay dentro pues se considera embargado ,cuando yo lo solicite habia 5 dias para oponerse y nadie lo hizo,no se si sera muy conforme a ley,pero ahi esta,ahora si el banco quiere cobrar que ejecute el embargo,pues no le van a permitir seguir embargando estando la maquinaria trabada.Respecto a que el adquiriente en subasta puede tirarla,eso es con los muebles en los pisos,con la maquinaria no se puede hacer,maximo cuando su valor es de cerca de 100.000 euros