Hola todos compañeros. Tengo un caso laboral entre manos, y estoy muy "pez" en estos temas (como en la mayoría, vaya). La cuestión es que los representantes de un comité de empresa pretenden interponer una acción judicial contra la empresa, pero la mayoría de los trabajadores no están de acuerdo con esta medida:
- ¿Pueden instar la acción judicial sin el acuerdo de la mayoría de los trabajadores?
-¿Pueden los trabajadores revocar el mandato electoral a estos cargos?
Yo tampoco se mucho de tema.
Por un lado he visto que el comite de empresa debe tener regulado su funcionamiento en un Reglamento, en este deben constar sus atribuciones - entre las que si suelen estar instar acciones judiciales - luego entiendo que no necesitan la autorizacion directa de los trabajadores, ya que han sido elegidos y se supone que los trabajadores avalan su gestion.
En cuanto a la revocacion de los miembros, tambien consta en el reglamento cuando pueden ser revocados, normalmente por el mismo colegio electoral que los refrendo y siguiendo lo dispuesto en el ET.
Si averiguo algo mas concreto, lo posteo.
Muchas gracias dune. De acuerdo con el ET, los representantes pueden instar tanto acciones judiciales como administrativas, y también entiendo que no necesitan de la autorización directa de los trabajadores por haber sido elegidos como tales. No obstante, se está poniendo en peligro la estabilidad de 60 familias y me preocupa que por cuatro "personajes" puedan perder su empleo el resto.
He pensado como posible solución que los trabajadores revoquen a sus cargos representativos, cuyo procedimiento viene regulado en el art. 67.3 ET. No obstante, no sé muy bien los pasos que se debe seguir en la práctica... Según lo que he podido averiguar:
1º. Solicitar a la empresa autorización para celebración de la Asamblea de los trabajodores.
2º. Aceptación empresa.
3º. Celebración y levantamiento de "acta de revocación".
4º. Publicación revocación en el tablón anuncios.
5º. Reelección de cargos o suplencia de los mismos por los de la lista de suplentes.
Yo creo que puede ser la unica solucion ya que mientras este en el cargo, tienen carta blanca.
De todos modos, en algunos reglamentos se indica que para tomar decicisiones que afecten el global de la plantilla necesitan el voto favorable de la mayoria de los trabajadores. Si este fuese el caso, tal vez podriais invalidar la accion si no hay voto previo.
¿no tienes acceso al reglamento de este comite en concreto?
Alli tal vez encuentres mas pistas de como actuar.