Existen dos locales comerciales con sus bajantes correspondientes y tomas de agua. Durante varios años de explotación de estos locales, han utilizado estos servicios sin problema.
Un nuevo propietario adquiere los dos locales reformandolos como uno y modificando la distribución del interior. La ubicación de los desagües también varía y necesitan realizar nuevos desagües taladrando el forjado del edificio para pasar un tubo de 60 hacia el parking comunitario y el nuevo tubo pasa por el techo de una de las plazas de uso privativo.
1.- Negación del propietario que pase el tubo por su plaza del garage, puesto que indica que ya existían los desagües y que deberían de utilizar los destinados para ello.
2.- El contratista indica que está la comunidad obligada a facilitar dicha conexión. No puede pasar por otro lado por la nueva distribución y además el suelo no tiene pendiente para conexionarlo con la nueva remodelación. Reconoce tras una reunión con la cominidad que se les olvidó ese detalle y modificar la conexión tendría que levantar el suelo con el sobrecoste que le supondría.
3-. La comunidad desconoce si está obligado el dueño del aparcamiento dejar que realice la conexión con tubos grapeado por el techo de su aparcamiento.
Agradecería una ayuda o asesoramiento, por favor
Las instalaciones ya existentes, desde que se terminó la construcción del edificio y se entregó el mismo, no pueden modificarse sin acuerdo unánime tomado en Junta general.
Por otro lado, la comunidad ni nadie, puede obligar a ese propietario a soportar esa reforma que afecta a su plaza.
Por cierto ese tubo de 60, ¿estamos hablando de 60 mm. o de 60 cm.?.
Aclaro:
Es de 6 cm, perdón por la errata ( aproximadamente ), puesto que es el desagüe de la barra del bar. Pero me temo que aunque la comunidad argumenta que judicialmente está pérdido para el propietario del garaje puesto, que estan obligado a facilitárselo y además el dueño de la plaza no es dueño del techo y existen otras plazas que se utilizaron como servidumbre para otros locales que carecían de instalaciones previas.
El dueño del parking no quiere que el tubo sude como en otras instalaciones y las gotas caigan encima de su vehículo por la diferencia de temperatura o rotura del mismo.
La comunidad alega que el responsable es el propietario de local y tiene que hacerse cargo. Mi duda además es que desde que sale del forjado al nexo unión del desagüe pasa a ser comunitario como el resto de instalaciones.
¿es correcto? ¿Qué tipo de informes se pueden solicitar para salvaguardar el estado de la estructura y tener garantía de la instalación?
Usted dice:
"La comunidad argumenta".
¿Quiere decir eso, que ese tema se ha llevado a Junta General para tomar acuerdo, o es un argumento solo de "boquilla" del presidente?.
El propietario del local, debe pedir autorización por escrito a la Comunidad, solicitando que ese asunto se lleve a Junta General.
Mientras esa Junta General, no se celebre y se sepa el acuerdo, no se puede autorizar.
El propietario del garaje, deberá asistir a la junta, votar en contra y caso de que se le autorice, impugnar el acuerdo en el juzgado.
Mientras todo eso no se haga, el propietario del local no puede ejecutar esa obra del desagüe.
Intentó trazar una línea de tiempo:
La empresa constructora se pone en comunicación con el propietario del garaje para proceder con la obra que en teoría el tubo no pasaba por el parking sino por zona común pero algún cascote le podía caer en el vehículo . El propietario del garaje le indica que se tiene que poner en contacto con la comunidad y solicitar el permiso.
Se celebra una junta y el constructor acude para explicar en qué consiste la obra y con la sorpresa que el agujero es en el parking y en tubo tiene que recorrer por encima del estacionamiento y 16 metros después al colector.
El dueño del parking le indica que eso no es la conversación mantenida anteriormente y solicita información exhaustiva por donde va el famoso tubo.
En la reunión se determinó de quedar un día con el constructor y que nos indique por donde va exactamente el tuvo.
En esa comisión se decidirá si se procederá con la obra y la decisión la debe tomar el propietario del garaje.
Buenas tardes, en mi edificio quieren hacer una bajante de desagüe de un local por el techo, afectando a seis plazas de garaje. El arquitecto ha hablado con el Administrador para solicitar permiso, pero éste no ha hablado con nosotros y nosotros nos hemos enterado que van a hacer los trabajos por un cartel que h puesto el Arquitecto. ¿Es esto legal?,
¿Se puede denunciar o recurrir la autorización del trabajo?
Yo opino que el administrador no pinta nada en este asunto, ni tiene que autorizar esa obra, que no tome decisiones que no le competen.
Habría que saber si por el garaje transcurren tuberías de desagüe, y de quien son esas tuberías, si el garaje es o no una comunidad independiente,
Faltan datos
Escribes: Buenas tardes, en mi edificio quieren hacer una bajante de desagüe de un local por el techo, ¿Es esto legal?,.
Se supone que por el techo del garaje. No hay nada legal o ilegal, todo lo que se apruebe y no se impugne es legal, y entraríamos en un debate.
1MAG1
Eso que indica que quieren ampliar sus desagues, creo que no esta exponiendo el problema de forma correcta.
Dado que no tiene sentido alguno que toquen sus desagues,.
Buenas tardes. Soy propietaria de un piso en un edificio de viviendas construido hace treinta años. Recientemente el bajo comercial del edificio pasó a tener un nuevo propietario que quiere convertir el local en un albergue de peregrinos.
Necesita nuevas conexiones a la Red de desagües del edificio que está ubicada en el techo de las plazas de garage y bodegas
Si esa conexión implica realizar perforaciones en el forjado tenemos obligación de dejársela hacer o por el contrario podemos exigirle que las realice por el suelo de su local a las bajantes ya existentes?
Como propietario de una plaza y bodega puedo oponerme a que pasen tubos por dicha plaza?
Puedo oponerme a un acuerdo favorable de la comunidad? Como hacerlo?
Es necesario que presente un estudio conforme el aumento de caudal de aguas residuales puede ser asumido por la Red existente?
En caso de atascos en la Red general quien debe asumirlos?
Desearía me asesorasen. Muchas gracias
Art.10.3.b LPH
b) Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de
participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna parte; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.
En estos supuestos deberá constar el consentimiento de los titulares afectados y corresponderá a la Junta de Propietarios, de común acuerdo con aquéllos, y por mayoría de tres quintas partes del total de los propietarios, la determinación de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda.
Esto quiere decir que en junta tiene que tener el si de los 3/5 de todos los propietarios sin tener en cuenta el presunto voto de los ausentes y además la conformidad de aquellos propietarios que se vieren afectados, como es su caso.
Por su puesto, por su propuedad pasaran las tuberias nuevas que usted quieran que pasen.
Para oponerse unicamente vote no, y recordarle que necesita los 3/5 de votos y coeficientes el dia de la junta