Hola josepd.Desconozco la legislación de Cataluña sobre protección de incendios,pero lo normal es que se establezcan sistemas de protección distintos en función de la actividad comercial o profesional que se vaya a desarrollar.
Cuando usted menciona el término "titular" interpreto que se refiere al titular del negocio en el que se ha de instalar la proteción de incendios y, en el caso de un arrendamiento,el titular del negocio es el Arrendatario.
Por lo tanto, creo que el coste de dicha instalación debería ser abonado por el Arrendatario.
De todas formas,espere a recabar alguna opinión profesional más.
En el contrato sí aparece, como bien dices que permisos, licencias,... serán a cargo del arrendatario. ¿Significa esto que las instalaciones necesarias para obtener los permisos (en este caso la de incendios) tambien depende del arrendatario?
Por otro lado, he estado mirando legslación (de la Generalitat de Catalunya) sobre protección de incendios y al no ser un experto me aparece la duda dado que menciona que el responsable es "el titular". La duda es, ¿quien es el titular? ¿el titular del negocio? ¿o el propietario ("titular") del local?. Es decir, ¿quien es el responsable último en caso de ocurrir un incendio, el arrendador o el arrendatario?.
Por último, es la instalación de protección de incendios distinta en función de la actividad que se desarrolla en el local? En este caso sería lógico que se hiciera cargo el arrendatario, ¿no?
Hola josepd. Imagino que su arrendatario le ha solictado la instalación de proteción de incendios porque a él se lo ha requerido el Ayuntamiento o un Inspector de Riesgos Laborales.
Revise con detenimiento su contrato de arrendamiento porque es frecuente pactar que los permisos,licencias, etc.. serán a cargo del Arrendatario.
Tengo un local industrial alquilado desde octubre de 2004 a un taller mecanico.
El inquilino me pide que adecue el local a la normativa de incendios. Mi duda es si esto corresponde al arrendador o por contra correspondería al inquilino. por otro lado, ¿A quien corresponderia el mantenimiento obligatorio de estas instalaciones?.
Por último, al tratarse de un local antigua, ¿es obligatorio cumplir esta normativa?