Si Hoplon, pero la duda que yo tengo es si el hecho de que la instalación no cumpla con el actual reglamento de baja tensión (que casi seguro que no lo está) es causa suficiente para que la empresa suministradora de luz pueda obligar al arrendador a cambiar la instalación o al menos a hacer las obras necesarias para que se ajuste el dicho reglamento.
En cuanto a no ajustarse al boletín, que permite contratar, yo creo que a poco que el último que hizo el boletín se molestase en hacer su trabajo, dicho boletín reflejará el estado real de la instalación: las compañías no suelen exigir boletín nuevo salvo cuando se da de baja un contrato y se pide el alta de otro, y el boletín antiguo tiene más de veinte años. por lo tanto, es posible encontrarse instalaciones con bastantes años y funcionando.
Yo no me atrevería a plantear un juicio para exigir al arrendador la inversión en una nueva instalación con la prueba que se ha mencionado hasta ahora en la consulta: yo sólo me embarcaría en ese juicio con una pericial muy clara. Y antes ponderaría cuánta vigencia le queda a mi contrato, no vaya a ser que el arrendador decida que si, que vale, que me obligas a gastarme el dinero en una nueva instalación, pero esa nueva instalación la va a disfrutar otro.
Gracias por contestar.
No hay un dictamen como tal de que la instalación no reúne las condiciones de seguridad exigida.
Si hay un informe del perito del seguro que rechaza la renovación del seguro por las condiciones de la instalación eléctrica.
Coincido con la acertada respuesta de Hoplon, pero tengo la duda que qué ocurre si la instalación no se ajusta (que no se ajustará) al boletín de baja tensión por muy bien que pueda funcionar.
¿Qué pasaría en este caso Hoplon? ¿Sería uno de los supuestos en que segun tu respuesta habría que cambiar la instalación verdad?
Si dispone de un dictamen pericial, o del ayuntamiento, o de la compañía eléctrica, que reseñe que la instalación no es apta para el servicio, si puede pedir el cambio al arrendador. Si no es así y la instalación funciona, no.
En un piso de alquiler social en el que la instalación eléctrica tiene casi sesenta años, no ofrece las condiciones de seguridad que exige el departamento de industria y da problemas al ser el cableado de hilo rígido que al intentar cambiar los interruptores o enchufes que se estropean, los cables se parten, tiene obligación la empresa que gestiona las viviendas de reformar o actualizar la instalación eléctrica?.