Buenas tardes: En los bajos de nuestro edificio hay un bar (no es el propietario es alquilado), y éste ha instalado un toldo sin la autorización de la Junta de Propietarios, en la puerta de entrada a su bar, nosotros como Comunidad de Propietarios tenemos en acta que los toldos han de ser de un color determinado, y los anclajes nunca por fuera del edificio ya que es considerado elemento común, sino por dentro de la terraza. Yo como Presidenta de la Comunidad se lo comenté a nuestro Administrador y este le envió una carta al del bar diciéndole:".....le requerimos para que instale un toldo de iguales características a los existentes en la Comunidad y colocado en el interior del hueco de fachada. De no cumplirse dicha indicación, la Comunidad valorará en Asamblea las actuaciones a realizar". Estamos viendo que la intención de esta persona es no quitar el toldo. La próxima Asamblea es en Mayo 2018, dentro de 8 meses. Mi pregunta: ¿podemos hacer que lo quite y que pida la correspondiente autorización y la Junta de Propietarios quiera aceptar unánimemente la instalación del toldo?.
Gracias, saludos.
Si ustedes tienen acordado que se pueden instalar toldos (me salto lo de situacion y volor).como se va a necesitar la unanimidad para su instalacion?
Y si no estuviera acordado, la unanimidad no es neesaria para nada.
Y su administrador que duce?