Buenas tardes.
El presidente de mi comunidad ha instalado unos bolardos en la rampa del garaje sin consultar a los vecinos, amparándose en que no se pueden realizar Juntas por el tema de la pandemia.
Es algo totalmente innecesario que afecta a una zona común
Tengo que aceptar algo que no me han consultado y que no he votado?
Tengo obligación de pagarlo?
Cuál sería el trámite para pedir su retirada?
Muchas gracias.
El Art.14.b de la LPH establece que corresponde a la Junta de propietarios aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes al ejercicio de que se trate, sin que la discrepancia de precio entre lo aprobado por la junta y la propuesta económica de quien ha de ejecutarlo suponga en modo alguno una violación de los estatutos, ni de la ley, ni perjudique a la propia comunidad
Obviamente el acuerdo sobre gastos e ingresos ha de ser aprobado con las mayorías que exige el Art 17 de LPH.
No dice usted que cuota paga en concepto de gastos comunes en la comunidad de garajes ni cual ha sido el coste de la instalación de los bolardos, información necesaria para contestar adecuadamente a la pregunta formulada.
Imagino que, a falta de acuerdo previo, el Presidente habrá sondeado el parecer de muchos propietarios, sin perjuicio de que la instalación de los bolardos debe obedecer a algún motivo de seguridad (no dice usted si son fijos, para evitar que los vehículos aparquen invadiendo la zona de entrada y salida del garaje; o sin son móviles con la intención de impedir que terceros ajenos a la comunidad de garajes accedan a las plazas de garaje).
A priori, usted a título particular, carece de legitimación para impugnar la instalación y ello sin perjuicio de que en una futura junta se someta a ratificación la citada instalación y se determine por la junta de propietarios la necesidad de la misma, (que es lo más probable), o en su caso, aprueben una mejora sin más.