Buenas tardes. Tengo un trastero en un edificio histórico de Madrid del siglo XIX (antiguamente denominado encierre) que no dispone de acometida de electricidad porque en su momento (1893) no se hizo y me surge la idea de solicitarla. El administrador de la finca me dice que si necesita tener una servidumbre de la acometida general de la finca es preciso solicitarlo y aprobarlo en junta por mayoría simple. Quiere eso decir que si el contador se pone en el cuarto de contadores pueden negarse a ello? Hasta qué punto es esto legal? Existe otra posibilidad de instalar un contador independiente para mi trastero sin tener que contar con la aprobación de los vecinos? El trastero no tiene acceso desde el portal, sino que se accede directamente desde la calle como si de un local se tratase.
Agradecería que alguien pudiera confirmar esta información. Saludos.
He hablado con un instalador autorizado y me indica que no es necesario pedir autorización para instalar un contador en el cuarto general de contadores. Según él solo hay que informar a la comunidad pero no me pueden negar el permiso a tener electricidad en mi propiedad porque es un derecho, al igual que todos disponen de ella en sus inmuebles. Alguien podría remitirme el artículo de la ley de propiedad horizontal donde se trate esto? Gracias de antemano.
Ignore lo que le indique un instalador, porque no tienen ni idea de la LPH.
Lo mas comodo es si puede instalar el contador en su propiedad, y siempre que no recorre zonas comunes, si lo hace, debe de contar con el permiso comunitario.
No teniendo acometida eléctrica en origen, dudo que tenga derecho a engancharse a la acometida del edificio y usar el cuarto de contadores.
Ojo, no digo que no lo tenga, sólo que tengo dudas.
A causa de un problema con el registro de la propiedad me he dado cuenta de que en la nota simple de este trastero aparece que es un sótano con luz y agua aunque no es cierto que tenga estos suministros. Esa descripción en la nota simple facilita los trámites para gestionar la luz y el agua? Según los trabajadores del registro debería acudir al ayuntamiento con esa nota simple para que me faciliten el acceso a los suministros.
La nota simple de tu trastero, con esa descripción tan bonita que asegura que tiene luz y agua cuando no es así, puede convertirse en un verdadero quebradero de cabeza. Y es que, aunque la nota simple suele ser útil para ciertos trámites, en este caso particular, esa información equivocada puede liarlo todo cuando quieras dar de alta esos servicios. Te lo han dicho clarito en el registro: que vayas al ayuntamiento con la nota en la mano, como si eso fuera a arreglar algo por sí solo. Pero ojo, porque ahí es donde el asunto se complica. El ayuntamiento va a pedirte papeles que reflejen la situación real de tu trastero, no lo que diga la nota, antes de que te den acceso a los suministros de luz y agua.
La nota simple te servirá como un bonito recordatorio de que eres el propietario, sí, pero cuando la realidad no coincide con lo que pone el papel, la cosa se enreda. Y eso te va a traer más problemas de los que ya tienes para gestionar esos malditos suministros. Así que, mejor que vayas preparado, porque lo que parecía un trámite sencillo se puede convertir en una odisea burocrática.