Hemos instalado una caldera de pellet en una vivienda adosada. Los vecinos nos han mostrado su descontento informándonos de que según la normativa RITE el tubo de salida de humos no puede estar en nuestra fachada y que debería de estar en el tejado. La cuestión es que el instalador nos dijo que no habría ningún problema en instalarla con salida a nuestra fachada, ya que no hay ni olor ni prácticamente humo. Al informarle del problema surgido nos ha comentado que mostremos el informe del instalador oficial donde certifica que la instalación está correcta, ya que la normativa es ambigua y no señala nada concreto sobre este tipo de estufas. Nos gustaría saber si esa certificación tiene validez legal o los vecinos pueden seguir amparándose en la normativa indicada. Gracias