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Instalación ascensor

2 Comentarios
 
Instalación ascensor
29/10/2003 20:20
Hola! Quisiera saber si teniendo mayoria para instalar un ascensor,los vecinos que se oponen tienen obligación de pagar.
El administrador de la finca,que es a su vez administrador de los que se oponen,dice que la ley es ambigua y que no tienen obligación.En cambio en la finca colindante igual que la nuestra lo han instalado,obligando a todos.
Por favor,a ver si alguien me lo aclara.
Muchas gracias.
29/10/2003 20:43
El acuerdo adoptado habrá de cumplir el quorum establecido en el art.17 LPH. Y tal y como usted dice lo cumple y según establece dicho art.17 LPH en relación a dicho tipo de acuerdos:
"Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios".
Por tanto están obligados al pago si así se acordó por la Comunidad. Salvo mejor opinion.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

29/10/2003 22:34
Sentencia de fecha S 22-IX-1997, (ICJ /145/97) (Valladolid.) hace referencia a las mayorías cualificadas, si bien en este caso añade el hecho de que exite un condueño con minusvalías.
Ampliando más, en sentencia tambien de la AP Valladolid de fecha 9-I-2002 que transcribo literal por su interés. "... Su pretensión de quedar exonerado de contraibuir a los gastos de instalación y mantenimiento del ascensor le han sido correctamente denegada, pues como bien se razona en el fundamenteo de derecho cuarto de la sentencia apelada, por lo que hacemos nuestros sus argumentos para evitar repeticiones superfluas, el art. 17 de la Ley de Propiedad Horizontal es inequívoco en el último inciso de su regla primera, cuando señala que los acuerdos adoptados con areglo a esta norma, entre los que se mencionan los relativos al establecimiento o supresión de servicios de ascensor, obligan a todos los propietarios. El recurrente forma parte de la Comunidad demandada como propietario de uno de los LOCALES y por tanto aparece obligado legalmente por dicho acuerdo".
Ver tambien el proyecto de Ley que está actualmente en tramitación en las cortes que modifica parcialmente la Ley de Propiedad Horizontal, en este relativo, Proyecto de Ley de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad.
Saludos