Buenas tardes, estoy interesado en montar en mi comunidad una antena (un mástil de antena de 3 metros) con un par de antenas de apenas 1,5 kilos para dar wifi en la localidad, me voy a dar de alta en la CNMC, alta como autónomo, etc... Mi pregunta es si en mi comunidad puedo montar dicha antena encima del castillete de la azotea y bajar el cable por el patinillo (un cable de red) sin la necesidad de permiso o votación por parte de la comunidad... Simplemente notificandolo al Presidente o Administrador de la finca. Puedo acogerme al Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero?
Necesita el permiso de la comunidad. Además, si como yo entiendo el wifi que usted va a proporcionar no será gratuito sino que va usted a lucrarse con la actividad, lo normal es que la comunidad condicione el permiso al pago de un cánon o alquiler y a que tenga usted contratado un seguro de responsabilidad civil por los posibles daños que se pudieran causar al inmueble.
Gracias por su respueta, pero en el caso de que yo diga que es para captar internet... no comentar nada de que sería para lucrarme, que sería para el acceso a las telecomunicaciones ya que no pueden saber si me estoy lucrando o no.... en ese caso si podría montarla? Y en ese caso beneficiarme de dicho Decreto?
A ver, esto es un foro legal. Si alguien pregunta si "puede" hacer algo, se entiende la pregunta en términos legales. Usted en cambio lo que pregunta es si "puede" instalarla engañando a la comunidad sobre sus caraterísticas y su finalidad... pues usted mismo.
Es como si preguntase aquí si puede alquilar un piso diciendo que es para vivir en él, y luego instala un negocio sin autorización de la comunidad... dice usted si "¿podría montarla?"
Lógicamente, usted "puede" hacer lo que quiera, por su cuenta y riesgo, por lo que simplemente me limito a apuntarle algunas cosas que debería tener en cuenta:
-aunque usted consiga engañar a la comunidad al principio, no dude de que tarde o temprano se enterarán de cuál es el uso que se está dando a esa antena;
-además, si usted declara que esa antena es para captar internet (receptora) cuando en realidad es una antena emisora, tanto usted mismo como la comunidad (que luego le demandaría a usted) se exponen a fuertes sanciones administrativas;
-y si por desgracia, cosa improbable pero posible, se produjera un accidente en el que la antena cae y causa daños materiales y sobre todo personales, y estando dicha antena en situación irregular, se expondría usted a tener que afrontar indemnizaciones millonarias (ya que ningún seguro le cubriría en caso de obtención fraudulenta de la autorización) e incluso responsabilidades penales.
Intente obtener el permiso de la comunidad sin mentir acerca del uso de la antena. Vivirá usted más tranquilo y tendrá las espaldas cubiertas por el permiso concedido, ante cualquier eventualidad.
Otra cosa es que, si le piden el pago de un alquiler (como se hace con las antenas de telefonía movil), usted para negociar a la baja lo más posible intente "minimizar" sus ganancias lo más posible presentando unas cuentas "a su medida" (argumente que debido a los elevados costes y a los precios bajos por la dura competencia del sector, no espera tener beneficios a corto plazo, y que en todo caso serán mínimos).
También puede ofrecer a los vecinos ventajas especiales si contratan sus servicios, para vencer su posible reticencia.
Gracias por vuestras respuesta, llevais razón, comentaré en la reunión el uso real de la antena y el seguro de responsabilidad civil también lo sacaré. Gracias!!