En la ITC del reglamento de aparatos elevadores, en su artículo 16.1.3.4, se estabece que:
16.1.3.4. Las inspecciones periódicas se realizarán en los siguientes plazos
a) Ascensores instalados en edificios industriales y lugares de pública concurrencia: Cada dos años.
b) Ascensores instalados en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas: Cada cuatro años.
c) Ascensores instalados en edificios no incluidos en los apartados anteriores: Cada seis años.
Justo el año pasado nos tocó esa inspección y pone que la siguiente será en 2023. He mirado cuándo fue la anterior y veo que en 2015.
Pero sabiendo ahora el reglamento, creo que no se está haciendo cuando realmente toca que es cada 6 años en lugar de cada 4. Mis razones son las siguientes:
- Esto es una urbanización / comunidad que ocupa toda una manzana con 14 portales y, por tanto, con 14 ascensores.
- Cada portal tiene 6 viviendas (2 por piso - 3 pisos).
- Cada portal tiene planta sótano, planta baja, planta primera, planta segunda y planta tercera (en la planta cuatro está la sala de máquinas y salida a la azotea - no hay salida de ascensor en ella -).
Mi pregunta es:
¿Se consideran todas las plantas "servidas" y, por tanto, más de 4 y por eso es cada 4 años y no cada 6? Es que no sé muy bien a qué se refiere con "servidas" y yo lo entiendo como que "hay salida / entrada". ¿Es así? Si no, no le veo otra explicación...