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inspeccion medica y mutuas

5 Comentarios
 
Inspeccion medica y mutuas
25/06/2009 18:50
buenas tardes, queria exponer mi tema a ver si alguien puede orientarme un poquito, gracias.
La cuestión es que me han llamado de la inspección médica para inspeccionar mi baja por depresión, y cuál es mi sorpresa que la mutua también me cita para lo mismo el día siguiente. Podéis aclararme esto, al parecer tienen muchas ganas de darme el alta, no lo entiendo.
25/06/2009 19:06
¿Con inspección médica te refieres al EVI? En ese caso, el EVI es el único competente para determinar si se te prorroga la IT, se te da de alta o se te proponer para la concesión de una IP.
Por contra, la mutua te requerirá, porque será la responsable del pago y seguimiento de la IT (seguramente, tu empresa tiene suscrita la cobertura de contingencias comunes con dicha mutua). Si la mutua es la responsable, tienes obligación de acudir, en caso contrario, podrías perder la prestación.
26/06/2009 21:57
Gracias por tu respuesta. La duda que me queda es que si mi baja me la da la seguridad social por contingencias comunes, ¿que pinta la mutua?
27/06/2009 01:13
Como ya te ha explicado Shughart, probablemente tu empresa tenga contratada a la mutua para la cobertura de las contingencias comunes. Para que me entiendas: la mutua es quien te paga y quien controla tu baja.

La Inspección Médica, cuando se cumplen determinados plazos, supervisa a su vez la incapacidad temporal y en todo caso tiene la última palabra acerca del mantenimiento de la misma.
Ve a las dos citas o te arriesgas a un alta automática.
10/04/2012 09:18
Hola a todos, tengo una duda, me caso la semana que viene y mi pareja esta de baja por un accidente laboral, esta yendo a rehabilitacion todos los dias, me gustaria saber si tiene derecho a poder ir de viaje de novios, muchas gracias.
10/04/2012 09:24
Si por prescripción médica debe acudir a rehabilitación todos los días, convendrás que será complicado que pueda hacer ese viaje.

Ley General de Seguridad Social.

Artículo 132. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio.

2. También podrá ser suspendido el derecho al subsidio cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.



Un saludo.