He recibido una carta de la inspección del gas de la comunidad.
Soy la inquilina y no la propietaria.
Al ponerme en contacto con la empresa de gas, me indican que la carta la envían a las personas que figuran como titulares del gas y no en función de si son propietarios o inquilinos.
El casero me indica que no ha recibido notificación alguna y que me han dirigido a mi la carta.
Anteriormente he estado alquilada más de 10 años y no he recibido nunca notificación alguna, supongo que lo llevaba directamente el casero, que era propietario de todo el edificio.
Por anteriores consultas que he mirado en su foro, deduzco que este importe (aproximadamente 15 €) le corresponde pagarlo al casero.
Los avisos de las inspecciones ¿se las han de notificar al propietario, o solo a mi?
Si el casero no quiere pagarla ¿puedo reclamar?
Gracias
Es muy raro que venga a su nombre, ¿esta segura de que no se ha cambiado el contrato y lo ha puesto a nombre de ud?
EN cualquier caso haga lo siguiente;
1.- digaselo al propietario
2.- los gastos que pueda ocasionar son sin duda alguna por cuenta del casero.
Ya he informado al propietario.
Según él como no viene a su nombre, no quiere pagar.
Su propuesta es que devuelva la fra cuando me carguen la inspección. Si hago esto, me cortarán el suministro de gas por impago. (no atiende a razones y sólo me pone excusas).
Tengo opciones legales? ¿cuales?
Es que lo primero que tiene que averiguar es por qué la factura viene a su nombre. No hay mas remedio que concluir que ud. ha puesto el contrato a su nombre.
DIcho esto: yo tengo claro que sea como fuere el mantenimiento de la instalacion le corresponde al casero. Por lo tanto si el casero no quiere pagar no le quedará más remedio que demandarle para recuperar su dinero.
Nos hemos reunido los vecinos y todos los que tienen gas han recibido una carta como la mía.
Resulta que todo el edificio es propiedad del mismo propietario.
Todos somos los titulares de los suministros.
Antes de demandarlo, queremos saber si se puede hacer algo de forma conjunta, para que el propietario entre en razones. ( Aunque no lo vemos claro).
Además del tema del gas, hemos hablado sobre la limpieza del portal y del ascensor, que no hay nadie que la haga, tampoco el mantenimiento del portal, ni luces de las escaleras.
Por una parte nos preguntamos si la limpieza del portal, está obligado por ley a hacerla el propietario (nuestro contrato no pone nada). ¿qué ley lo regula?
Nosotros estamos dispuestos a limpiarlo si nos corresponde.( También nos planteamos limpiarlo nosotros sin más, aunque con lo mal casero que es, nos toca mucho las narices).
Espero puedan asesorarnos.
Gracias .
Pero a ver si lo entiendo: ¿ud y los demas vecinos han firmado un contrato de suministro nuevo o ese contrato nuevo ha aparecido "como caído del cielo"?
Vale, eso ya es otra cosa. La respuesta no es fácil y me temo que no voy a poder sacarle de dudas, y ello por lo siguiente:
Los gastos por servicios se encuentran regulados en el art. 20.3 LAU, a cuyo tenor:
"Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario."
En su caso no cabe duda de que los consumos de gas van de su cuenta, y ello independientemente de que el contrato este a su nombre o no. Es de sentido comun que ud. paga su gas. En eso no hay duda.
La pregunta es ¿incluye eso el mantenimiento de la instalación (como por ejemplo en el caso de la inspección del gas)? En mi opinión no, pero no soy capaz de encontrar ninguna sentencia ni a favor ni en contra de esa postura, de modo que no puedo darle seguridad.
A todo eso hay que añadir que al ser ud. el titular es facil que se impute ese coste de la inspección a uds.
Conclusión: si quieren salir de dudas no les va a quedar más remedio que interponer la correspondiente demanda, porque no creo que el casero se avenga a razones.