En un restaurante, a horas de máximo trabajo, se presentan dos inspectores y "pillan" a una señora que vino a trabajar por sólo ese dia, sin alta ni contrato. Proponen sanción de 3.000 €. ¿qué puedo alegar?. Gracias
Nada sospechoso. Primer día de celebraciones de Comunión, y de añadido otras comidas a la carta con las que no se contaba. Para atender ese "boom" se tiene que avisar en el momento a una persona (ni siquiera con experiencia) para salir del aprieto
Sospechoso por ambas partes, me explico.
-Dice usted que es el primer dia de celebracxión de comuniones, y ¿no conoce usted que en determinadas fechas en la hosteleria aumenta el negocio?, ¿No previo esta contingencia? ¿No, sera que es una practica habitual llamar a alguien en derterminadas fechas?
Y por otra parte, ¿No le resulta a usted mucha casualidad que pasen el primer día?, ¿Habrá denuncia de por medio?
Al menos os molestasteis en darla de alta ese mismo dia?si fuera asi aunq no puedes alegar nada podria ser que os "perdonaran la sancion"aunque eso dependeria del inspector.
La sanción no es firme y de no ser reincidente ó existir otras faltas graves, podría verse notablemente disminuida.
Como dice inés, si dieron de alta al trabajador ese mismo dia, es posible que solo recibieran una advertencia.
Depende de como lo interprete el inspector.
La infracción existe, está claro.
Creo que no la dieron de alta, era tarde de sábado, su asesoría cerrada... Me enteraré.
Tenían personal para atender las comuniones y las comidas que, de acuerdo a los últimos tiempos, preveían tener. Pero se equivocaron en esas previsiones y ...
no creo que hubiese denuncia pues los inspectores hicieron un "tour" por la zona. Si se os ocurre algo (ideas, jurisprudencia...), se agradece. saludos
MI experiencia en hosteleria como cocinero durante 20 años me dice que es practica habitual, se llama hacer "Bolos", coger a gente de otros ramos o parados, para reforzar cocina o comedor y echar una mano, durante todo el dia y sacarse el jornal,eso de que se equivocaron en las previsiones.... yo no conozco que se le llene el restaurante y el dueño empieze a llamar a las 2 de la tarde para que alguien venga a trabajar 3 horas y echar una mano, ano ser que sea un familiar....Espero que no sea un emigrante sin papeles por que la multa se podria llegar a los 6.000€
....o que estuviese la trabajadora cobrando prestaciones por desempleo, ...entonces no se libra de la sanción ni con 10 padre nuestro y 12 avemarias.
Pasaría de ser grave a muy grave.
Claro,claro ....en ese caso "pillaria" el empresario y la persona que "supuestamente" fue a echar una mano un par de horas.
Aunque no viene al caso, una vez lei un caso parecido,pero era un familiar al que "cogieron" y por ser familiar se salvo......¿?
Hola, nes:
Te entiendo perfectamente, nos han sancionado por algo similar. En mi restaurante somos dos socios, yo no trabajo en el establecimiento y mi socio está dado de alta como autónomo. los sábados por la mañana trabajan dos personas como camareros, (un camarero que tiene contrato indefinido y otro que sólo está contratado para los sábados y domingos de 12 a 16 horas). Mi socio no trabaja los sábados por la mañana a no ser que ocurra algo... Pués el día de la Comunión de la hija de mi socio, que era sábado por la mañana, nos llamó el camarero que sólo viene los sábados y domingos a las 11 de la mañana diciendo que no podía venir, así que de urgencia llamamos a otro camarero pero no le pudimos dar de alta ya que fue todo muy rápido y nos estábamos preparando para ir a la Iglesia a la Comunión de la hija de mi socio. Esa persona fué al Restaurante a las 12 de la mañana y a la media hora de empezar a trabajar vino un inspector que nos consta estuvo haciéndolo en otros establecimientos de la zona. Dimos de alta al camarero el lunes, por que aunque se puede dar el mismo día vía telemática, la gestoría no abre ese día y son ellos los que tienen los requisitos informáticos y las claves para hacerlo. Al tiempo nos llegó la notificación de la sanción de 3126 €. Presentamos alegaciones adjuntando el contrato de la persona que no vino, el certificado de la Comunión de la niña, los datos de la Gestoría que nos hace las altas y bajas para que comprobasen que eran ellos quienes las hacían, ... pero nos han contestado negativamente (con una carta tipo, por supuesto, que no hace ninguna mención al fondo de las alegaciones).
Para los escépticos, que me imagino que no serán hosteleros y nunca se han visto ante un apuro cuando un empleado falla, decirles que las casulidades existen.
Lo que agradecería es saber si a alguien se le ocurre algo que pueda poner en el recurso de alzada, y especialmente preguntar a nes si lo suyo tuvo alguna solución que me pudiera ayudar.