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Inspección de obra

4 Comentarios
 
Inspección de obra
perfil Anónimo
03/09/2016 17:49
Buenos días, vivo en una casa en una urbanización y quisiera saber si tengo la obligación de dejar pasar a los inspectores municipales para comprobar si estoy efectuando obras en casa, en principio a mi domicilio no pueden acceder si no les autorizo pero si me niego comporta algún tipo de infracción? y si la inspección es negativa, puedo reclamar?, ya por último, para solicitar el acceso lo pueden hacer porque si o debe haber una denuncia previa o ya sea de oficio? tengo una pequeña guerra con ellos y me temo que me van a querer tocar las narices, de momento no he hecho obras y si las hago estas no se verán des de el exterior y quisiera saber si ellos pueden solicitar el acceso por la cara o debe de estar motivado
04/09/2016 19:57
Anónimo
Lo correcto sería permitir el acceso a los inspectores que, debídamente acreditados, se presenten a verificar la ejecución de unas obras cuando se tiene indicios de que se están realizando, sin necesidad de que haya denuncia por medio.

Con la negativa lo único que se consigue es retrasar dicho acceso hasta que el ayuntamiento obtenga autorización judicial.

¿En que piensas basarte para reclamar si en el acta de la inspección consta, digamos, una falsa alarma?
05/09/2016 09:21
alga
Si usted no está haciendo ninguna obra, puede negarse. Es igual en el caso de que la policía quiera acceder a su vivienda. No lo podría hacer sin orden judicial.
En este caso, lo correcto es que a usted se le entregue previamente una notificación del ayuntamiento, indicando el motivo de la inspección y señalando el día para llevarla a cabo.
perfil Anónimo
05/09/2016 13:37
alga
O sea que deduzco que siempre que quiera el ayuntamiento puede entrar en mi casa simplemente alegando a posteriori que se trababa de una denuncia anónima falsa? quizás entonces deberían facilitar los datos del denunciante, y si lo hace de oficio, en que puede basar su defensa? indicios, sospechas etc. Quizas en este caso si se puedan pedir responsabilidades no?, para que alguien entre en mi casa debe de haber algún tipo de justificación, no creo que se la jueguen si no tienen algo consistente.
05/09/2016 21:36
Anónimo
Ignorando las determinaciones de la ordenanza de inspección y control urbanístico de tu localidad, no creo que se diferencie mucho de las que conozco.

En general, los inspectores urbanísticos, gozan de autonomía en el ejercicio de su función y en el desarrollo de la misma, estando facultados para requerir y examinar toda clase de documentos relativos a la actuación inspeccionada. También están autorizados para entrar y permanecer libremente y en cualquier momento en fincas, construcciones y demás lugares sujetos a su actuación inspectora.

Y cuando para el ejercicio de esas funciones inspectoras fuera precisa la entrada en un domicilio, entendiendo que el núcleo esencial del domicilio constitucionalmente protegido es el domicilio en cuanto morada de las personas físicas, solicitarán la oportuna autorización judicial.