Me reclaman sobre una fianza no asentada en el instituto de la vivienda por un contrato del año 2012 cosa q no sabía q debía hacer . Me dan 5 días para presentarme y la vivienda ya no es mía desde hace 4 años y vivo en Barcelona ...no entiendo después de tanto tiempo la reclamación ni por q es ...alguien me puede asesorar
Vale.
Pues entonces lo que ha pasado es que el IVIMA ha tenido conocimiento recientemente de que ud. alquiló un piso PERO NO depositó la fianza. Por lo tanto supongo que lo que están haciendo ahora es que le están reclamando esa fianza más un recargo que será del 50% o algo así.
Tendrá que ver el expediente administrativo, pero me temo que no va a quedarle más remedio que pagar o le embargarán las cuentas.
Si Vd. no es propietario del piso es imposible que lo tenga alquilado, por consiguiente no procede por parte de Vd. el deposito de ninguna fianza. Aunque lo hubiera alquilado en su dia, como dicho arrendamiento se canceló, no hay fianza que depositar.
Personalmente no entiendo la reclamación, a menos de que...cuando Vd. vendió el piso ya estuviera alquilado y el nuevo propietario siguió con ese inquilino.
Consiga una nota simple de la vivienda del Registro de la Propiedad, y adjúntela a la contestación.
Bueno, yo pienso que no. Lo que el IVIMA le estará reclamando es la fianza porque se corresponde con el momento en el que el consultante aún era dueño del piso y siendo dueño lo alquiló. Por eso da igual si después lo vendió. Tiene que pagar la fianza porque no lo hizo aún siendo el arrendador.
La venta no le exime de las obligaciones correspondientes al momento en el que aún era dueño.