Tendrás que solicitarlo al Juzgado de lo Mercantil de la provincia en que vivas, a través de abogado y procurador. Las limitaciones será las de realizar actos de administración y disposición, debiendo actuar con el visto bueno de un administrador concursal, nombrado por el juez, durante el tiempo que dure el proceso. Al término, si consigues un convenio con tus acreedores, habrás de cumplir ese convenio. En otro caso, se liquidará tu patrimonio y con eso se pagará a tus acreedores, pero no hay extinción de las deudas que resulten impagadas, que es la pega, importantísima, que tiene el concurso de acreedores si no termina en convenio. Si quieres ser insolvente, ha de ser para convenir rebajas de deudas o aplazamientos a través de un convenio concursal.