Buenas tarde compañeros:
tengo una dudilla y me gustaria contar con vuestros conocimientos:
En el caso de una empresario insolvente (tiene embargado todo su patrimonio por varios juzgados y el caso que es autonomo), el trabajador solicita al FOGASA las cantiades reconocidas en sentencia y como el FOGASA tiene unos topes maximos de pago , claro esta, el trabajdro cobra menos de lo fijado enla resolucion judicial. Mi pregunta es la s.s.:
podria en algun caso el trabajador recuperar las diferencias que en este caso no le abona el FOGASA?quiero decir si una vez que paga el FOGASA el juzgado se desentiende de ese ejecutado o si por el contratio se supone que si surje algun bien o saldo bancarios volveria a buscar y a embargar los mismos y avisaria al trabajador? Me pareceria lo mas normal...
espero haberme expresado con claridad...un saludo y gracias de antemano...