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insolvencia demanda civil

6 Comentarios
 
07/05/2021 18:57
Con el propósito de añadir énfasis a la ejemplar y escolástica exposición del compañero León, le rogamos que señale a la abogada de su ex los siguientes items:
1º. En el año 433 a.c. las dos potencias griegas (que 50 años antes habían combatido juntas contra el invasor persa) Atenas y Esparta, están al borde de la guerra. El gran general Pericles decide detonarla, y dicta el Decreto de Megara, en virtud del cual se prohibía a la ciudad homónima, a unos 30 kilómetros al norte, operar en los puertos de la liga ateniense. Es decir: por primera vez en la historia de la Humanidad, surge una nueva idea de apoderamiento y control de bienes ajenos, sin tocarlos. Con ello nace el "embargo" (que significa en griego demótico "pies en pared"). Cfr Historia de la Guerra del Peloponeso vvaa Tucídides.
2º. La obra (imprescindible) de Robert Lane Fox, "El mundo clásico" hace un aporte asombroso sobre la revolución que supone una segunda tira de cuero en la égida. Los hoplitas iban con el escudo a la guerra con una tira sola, y los mataban a todos. Con la segunda tira, pudieron sujetar el escudo y volvían vivos del combate. Estos jóvenes se convierten en una clase urbana que iba a exigir fondos a los que estaban con sus caballos, los caballeros, en el hipódromo.
3º. Según el ubérrimo Paulo (un jurista conocido por la abogada de su ex), el Decreto de Megara convierte en una idea la propiedad y el dinero. La propia Hipoteca, es decir, "caballoteca", lo mismo que hay discoteca y fonoteca, no es más que la medida del sitio donde estaban los caballeros, que bajo juramento contra tu propia casa, te daban un dinero que escondías bajo un ladrillo. Eso era la hipoteca, vinculada a la casa. (hipos= caballo)
4º. Por todo lo dicho, y desde el enorme respeto a los mejores juristas que ha tenido este foro, que son los conocidos como Hoplon, Leonjbr y Tripoli, hágales caso: no le harán poner los pies en pared, pues aunque usted tenga pies, no ha pared donde ponerlos.
07/05/2021 16:50
leonjbr
De acuerdo con leonjbr, salvo que la ejecución, una vez iniciada no prescribe. Si Ud carece de bienes olvídese de todo, nada le pueden embargar. Otra cosa será el futuro.
06/05/2021 16:00
No, si es que en realidad no hay opciones. Esto va de la siguiente manera:
1.- a ud. le demandan, le sentencian, pero no puede pagar.
2.- entonces el demandante interpone una segunda demanda llamada ejecutiva.
3.- El juzgado intenta embargarle bienes.
4.- Si no hay pues no embarga y ud. no paga. Si se está asi durante 5 años el procedimiento de la demanda ejecutiva prescribe y ud. se olvida de pagar para siempre y aquí paz y allí gloria.
5.- El problema es que si el demandante es "recalcitrante" mantendrá "vivo" el procedimiento ejecutivo durante décadas y en cuanto ud. sea solvente o se compre un simple coche o tenga unos ahorritos, el juzgado le embargará y en realidad nunca podrá estar tranquilo de cuando van a cobrarle o no. Amen de que tendrá que pagar las costas y los intereses.
Pero no es que haya o no opciones. Es que si no paga y el demandante sigue erre que erre ud. en realidad nunca podrá estar tranquilo.
06/05/2021 14:47
Si es que yo quiero pagar, pero siemplemente ahora mismo, sin ingresos, me es imposible. En cuanto tenga la suma por supuesto que quiero pagarla y cumplir con la ley. No tengo bienes de ningun tipo que me puedan embargar. Si la opcion de insolvente no es viable que otras opciones tengo.
06/05/2021 14:10
Ud. no se declara insolvente. Es que en realidad no existe eso de "declararse insolvente". La parte que le demande simplemente vera que no puede cobrar y entonces pedira ejecución y embargo de los bienes que puedan buscarle a ud. en los ordenadores del juzgado. El problema es que en realidad puede estar asi toda la vida. Yo he llegado a cobrarle a un moroso después de 16 años.
06/05/2021 14:10
Su abogada tiene razón, la insolvencia es una limitación grave:

Muy posiblemente, aunque depende del interés que ponga el abogado que ejecute la deuda, le suponga tener pendiente sobre usted posibles embargos a su nómina el resto de su vida, no volver a tener dinero ahorrado en el banco, ni tarjetas de crédito, ni poder volver a comprar o alquilar un piso o un coche, o ni tan siquiera una lavadora a plazos, ni tampoco heredar nada.

Un camino podría ser acogerse a la "ley de segunda oportunidad", y empezar de cero. Lo malo es que si no existe una demanda previa contra usted creo que no puede pedir un abogado de oficio. Pregunte en el Colegio de Abogados de su localidad.
Insolvencia demanda civil
06/05/2021 13:39
Buenas, hace un tiempo sufri una demanda por la parte de mi casera, y hace 2 semanas hemos tenido el jucio donde ella ha salido ganadora. Mi expareja y yo, que compartiamos abogada (amiga de ella) nos vemos en la obligacion de pagar la multa mas tasas etc.

El problema viene cuando no puedo hacer frente a la multa de dos mil euros. He hablado con la abogada y me dice que si me declaro insolvente voy a tener problemas para toda la vida, me recomienda que me busque la vida y le pague a mi expareja, porque dice que si no lo hago me va a demandar, al ser una deuda solidaria y conjunta. Yo no tengo bienes de ningun tipo, lo unico que tengo es una nomina de 500 euros y seguramente este sea el ultimo mes que la cobre por lo que me ha comentado mi jefe.

Lo que me interesaria saber es que pasos son necesarios para declararme insolvente, porque no puedo pagar, y cuales son los incovenientes de esta declaracion. Por ultimo me gustaria saber si al declararme insolvente mi expareja me puede demandar y que consecuencias tendria eso, de ser ciertas las amenazas de la abogada.

Muchas gracias.