Caso: Gano un Expte de dominio para la inmatriculación de un piso, de una casa de campo compuesta por otro piso (2 en total).
Por razpones que no vienen al caso el expte. de dominio acaba siendo litigioso con los vecinos (que se opusieron y se lo querian atribuir sin causa aparente), pero lo ganamos de calle.
A la hora de llevarlo al registro a inscribir, presento el testimonio del auto judicial, pero me llama el oficial del registro al día siguiente de su presentación diciéndome que pase inmediatamente a retirarlo ya que esta defectuoso y que así no se va a inscribir nada, ya que no hay división horizontal hecha en ese inmueble.
Ante ello, le manifiesto mi sorpresa en primer lugar por la forma en que me lo comunica (por teléfono), y le pregunto que cómo voy a hacer una división horizontal si para ello me tengo que poner deacuerdo por narices con mi vecino con el que acabo de tener un pleito, y además no tengo el inmueble registrado a mi nombre, luego no soy propietario registral. Además le digo que en ese caso me expique por qué el piso de mi vecino está inscrito desde el año 78 (por cierto en virtud de otro expediente de dominio de aquella época), si no hay división horizontal hecha.
no sé que opinareis, pero me voy a ir a hablar con el registrador a ver qué opina.