La legislación registral es taxativa en ese punto: no se pueden imponer más de dos nombres simples o uno compuesto. Si no designas uno en esas condiciones el Encargado impondrá a tu hija uno de oficio.
Hace unos días dí a luz una niña y es mi deseo inscribirla con el siguiente nombre: JULIA MARIA DE JUANA (tengo mis motivos personales). Fuí a inscribirla en el RgC y NO me lo permitieron, a lo cuál me opuso abiertamente, me recogieron la declaración de nacimiento y el acta de comparecencia dice:
"... SSª tiene por presentado el parte de declaración de nacimiento y por hechas las manifestaciones efectuadas por la compareciente, y pudiendo incurrir el nombre propuesto en las prohibiciones establecidas en el art.54 de la LRC acuerda suspender la práctica de la presente inscripción para su calificación, y en resolución aparte se acordará lo procedente."
NECESITO saber que puedo hacer ya que deseo poner a mi hija como antes expuse, existe alguna Jurisprudencia que autorice a poner más de dos nombres o uno compuesto.
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.